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Apres Salud

¿Apres Salud cubre resonancia magnética / tomografía?

Sí, Apres Salud cubre resonancia magnética y tomografía computada según lo establecido en el Programa Médico Obligatorio (PMO).

Detalles de la cobertura

Apres Salud, como prepaga, está obligada a cubrir la resonancia magnética nuclear y la tomografía computada en los casos y con las indicaciones específicas del Programa Médico Obligatorio (PMO) según la Resolución 201/2002. La cobertura incluye, por ejemplo, resonancia magnética de columna y articulaciones en patologías específicas (hernia discal, lesiones de rodilla, tumores, etc.) y tomografía computada para traumatismos de columna. No se encontraron restricciones adicionales por plan, pero se recomienda verificar la cartilla de prestadores para conocer los centros habilitados.

Condiciones de Apres Salud

  • ⚠️
    ¿Requiere autorización previa?

    Sí, deberás gestionar la autorización antes de acceder al servicio.

  • ¿Depende del plan?

    No, la cobertura es idéntica para todos los planes de la prepaga.

  • ⚖️
    Programa Médico Obligatorio (PMO)

    Esta prestación está incluida en el PMO, por lo que su cobertura básica es obligatoria por ley.

Condiciones Adicionales

  • Indicación médica: Debe estar indicada por un médico y encuadrarse en las causales del PMO (ej. sospecha de hernia discal, tumores, lesiones traumáticas, etc.).
  • Tipo de estudio: Resonancia magnética nuclear (cerebral, de columna, articulaciones, abdomen, etc.) y tomografía computada (para traumatismos de columna).

Preguntas Frecuentes

Sí, siempre que se cumplan las indicaciones del PMO (lesiones traumáticas o sospecha de lesión meniscal/ligamentaria).

Fuente verificada: PMO - Resolución 201/2002; contexto web de Apres Salud · Actualizado el 2026-06-30