Luis Pasteur
¿Luis Pasteur cubre Fertilización In-Vitro / Tratamientos de Fertilidad?
Sí, Luis Pasteur cubre los tratamientos de fertilización in vitro y demás técnicas de reproducción asistida, ya que están incluidos en el Programa Médico Obligatorio (PMO) por la Ley 26.862.
Detalles de la cobertura
Luis Pasteur, como obra social sindical, debe cubrir obligatoriamente los tratamientos de fertilización asistida de baja y alta complejidad (incluyendo FIV, ICSI, transferencia de embriones congelados, etc.) en virtud de la Ley 26.862 y su inclusión en el PMO. La cobertura es integral e incluye medicación, procedimientos y diagnóstico al 100%. Según la normativa vigente, se cubren hasta 4 tratamientos de baja complejidad por año y hasta 3 de alta complejidad por año, con intervalos mínimos de 3 meses entre cada procedimiento. No se requiere un mínimo de antigüedad en la obra social ni se considera la infertilidad como preexistencia. La afiliada debe ser mayor de edad y contar con indicación médica. Si bien la ley no fija un límite de edad superior, algunos centros pueden aplicar criterios clínicos. Existe evidencia de que Luis Pasteur trabaja con centros especializados como Fertilab, lo que confirma la cobertura práctica.
Condiciones de Luis Pasteur
- ⚠️¿Requiere autorización previa?
Sí, deberás gestionar la autorización antes de acceder al servicio.
- ✅¿Depende del plan?
No, la cobertura es idéntica para todos los planes de la prepaga.
- ⚖️Programa Médico Obligatorio (PMO)
Esta prestación está incluida en el PMO, por lo que su cobertura básica es obligatoria por ley.
Condiciones Adicionales
- Edad mínima: Ser mayor de 18 años, según lo establecido en la Ley 26.862.
- Indicación médica: Debe presentarse una orden médica que justifique el tratamiento de fertilidad.
- Límite de tratamientos por año: Hasta 4 tratamientos de baja complejidad o hasta 3 de alta complejidad por año calendario, con intervalos mínimos de 3 meses entre cada uno.
- Cobertura integral: La obra social debe cubrir el 100% de los costos del tratamiento, incluidos medicamentos, estudios y procedimientos.
- Autorización previa: Es necesario solicitar autorización previa a la obra social, presentando la documentación requerida (orden médica, estudios, etc.).
Preguntas Frecuentes
Sí, la Ley 26.862 y su reglamentación establecen que la cobertura debe ser integral, incluyendo medicamentos al 100%. Por lo tanto, Luis Pasteur está obligado a cubrir la medicación necesaria para el tratamiento.
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Fuente verificada: PMO - Ley 26.862 / Resolución 201/2002; Instagram de Fertilab que confirma convenio con Luis Pasteur (https://www.instagram.com/reel/DJFO3zDSRV0?hl=en); sitio oficial de Luis Pasteur (https://www.oslpasteur.com.ar/portalHTML5/prevencion/prevencion.asp) – sección Salud Sexual y Procreación Responsable. · Actualizado el 2026-07-01