ObSBA
¿ObSBA cubre lentes / anteojos?
Sí, pero solo para niños de hasta 15 años con lentes estándar al 100%, según el PMO.
Detalles de la cobertura
La Obra Social de la Ciudad de Buenos Aires (ObSBA) cumple con el Programa Médico Obligatorio (PMO), el cual establece la cobertura del 100% de anteojos con lentes estándar para niños de hasta 15 años (Resolución 201/2002, punto 8.3.2). Para adultos, el PMO no contempla esta prestación, y ObSBA no ofrece ningún plan superador que la incluya. Por lo tanto, la cobertura se limita exclusivamente a menores de edad, requiriendo receta médica y autorización previa.
Condiciones de ObSBA
- ⚠️¿Requiere autorización previa?
Sí, deberás gestionar la autorización antes de acceder al servicio.
- ✅¿Depende del plan?
No, la cobertura es idéntica para todos los planes de la prepaga.
- ⚖️Programa Médico Obligatorio (PMO)
Esta prestación está incluida en el PMO, por lo que su cobertura básica es obligatoria por ley.
Condiciones Adicionales
- Edad: Cobertura solo para niños de hasta 15 años inclusive.
- Tipo de lentes: Únicamente lentes estándar (no se cubren lentes especializados como bifocales, progresivos o de alto índice, a menos que sean por patología ocular específica cubierta por el PMO).
- Prescripción médica: Se requiere receta oftalmológica vigente.
- Autorización previa: Es necesario solicitar autorización a ObSBA antes de adquirir los anteojos.
Preguntas Frecuentes
No, el PMO no incluye anteojos para adultos y ObSBA no ofrece ningún plan que los cubra como adicional. Solo se cubre para niños de hasta 15 años.
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Fuente verificada: PMO - Resolución 201/2002 · Actualizado el 2026-07-01