OSDE
¿OSDE cubre tratamientos de fertilización in vitro?
Sí, OSDE cubre los tratamientos de fertilización in vitro y de baja complejidad, conforme a la Ley de Reproducción Médicamente Asistida (Ley 26.862) que forma parte del PMO.
Detalles de la cobertura
OSDE, como empresa de medicina prepaga, está obligada a cubrir los tratamientos de fertilización asistida (baja y alta complejidad) sin costo adicional para el afiliado, según lo establece la Ley Nacional 26.862 de Reproducción Médicamente Asistida, incorporada al Programa Médico Obligatorio (PMO). La cobertura incluye hasta 4 tratamientos de baja complejidad por año o 3 de alta complejidad, medicamentos necesarios para el proceso (estimulación ovárica, maduración de ovocitos, preparación del útero) y terapias de apoyo. A partir del plan OSDE 310 (incluyendo 410, 450 y 510), la cartilla de sanatorios es la misma y se accede a las mejores instituciones. La prestación requiere autorización previa y se gestiona mediante orden médica auditada por OSDE.
Condiciones de OSDE
- ⚠️¿Requiere autorización previa?
Sí, deberás gestionar la autorización antes de acceder al servicio.
- ✅¿Depende del plan?
No, la cobertura es idéntica para todos los planes de la prepaga.
- ⚖️Programa Médico Obligatorio (PMO)
Esta prestación está incluida en el PMO, por lo que su cobertura básica es obligatoria por ley.
Condiciones Adicionales
- Cobertura por Ley: La Ley 26.862 garantiza la cobertura total de los tratamientos de reproducción asistida para todos los afiliados de obras sociales y prepagas.
- Cantidad de tratamientos: Hasta 4 tratamientos de baja complejidad por año o 3 de alta complejidad (incluye FIV).
- Cobertura de medicamentos: 100% de cobertura en medicamentos para estimulación ovárica, maduración de ovocitos y preparación uterina.
- Cartilla de prestadores: Para planes OSDE 310 y superiores (410, 450, 510), la cartilla de sanatorios es la misma, permitiendo acceder a las mejores instituciones.
- Autorización previa: Los tratamientos requieren autorización previa de OSDE, gestionada a través de orden médica auditada.
Preguntas Frecuentes
Sí, OSDE cubre la FIV en todos sus planes (210, 310, 410, 450 y 510) por estar la prestación incluida en el PMO. La calidad de la cartilla de sanatorios mejora a partir del plan 310.
✓
Fuente verificada: https://www.elegimejor.com.ar/actualidad/salud/fecundacion-invitro-cobertura · Actualizado el 2026-07-01