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OSPJN

¿OSPJN cubre cirugía estética?

No, la OSPJN no cubre cirugías estéticas o cosméticas en su plan básico (PMO), ya que no están incluidas en el Programa Médico Obligatorio.

Detalles de la cobertura

Según la información disponible, la OSPJN (Obra Social del Personal de la Justicia Nacional) no incluye la cirugía estética o cosmética dentro de su cobertura. El plan básico de la obra social se rige por el Programa Médico Obligatorio (PMO), el cual no contempla procedimientos estéticos cuyo único fin sea modificar la apariencia física. El PMO sí cubre cirugías reconstructivas o reparadoras (por ejemplo, por accidentes, malformaciones o post-mastectomía), pero no las cirugías cosméticas. No se encontró evidencia de que la OSPJN ofrezca un plan complementario o adicional que incluya este tipo de prestaciones.

Condiciones de OSPJN

  • ¿Requiere autorización previa?

    No, podés acceder directamente con tu credencial y pedido médico.

  • ¿Depende del plan?

    No, la cobertura es idéntica para todos los planes de la prepaga.

  • ⚖️
    Programa Médico Obligatorio (PMO)

    Esta prestación está incluida en el PMO, por lo que su cobertura básica es obligatoria por ley.

Condiciones Adicionales

  • Tipo de cirugía: La OSPJN no cubre cirugías estéticas o cosméticas. Solo cubre cirugías reconstructivas o reparadoras con indicación médica, según lo establecido en el PMO.

Preguntas Frecuentes

No. La OSPJN, al igual que todas las obras sociales que se rigen por el PMO, no cubre cirugías estéticas o cosméticas. Solo están obligadas a cubrir cirugías reconstructivas o reparadoras con indicación médica.

Fuente verificada: PMO - Resolución 201/2002 · Actualizado el 2026-07-01